Nahuel Alejo Cáceres
Abogado (UBA) con orientación en Derecho Internacional Público. Realizó las prácticas profesionales de la carrera en el área de Patrocinio Jurídico Gratuito de FARN, donde actualmente se desempeña como coordinador.
Ana Parellada
Abogada (UBA) con orientación en Derecho Empresarial. Realizó sus prácticas profesionales en el área de Patrocinio Jurídico Gratuito de FARN, donde se desempeña como asistente.
Melina Nahir Acevedo
Abogada (UBA) con orientación en Derecho Internacional Público. Realizó la práctica profesional de la carrera en el área de Patrocinio Jurídico Gratuito de FARN, donde se desempeña como asistente.

6.4 La importancia de formar y asesorar en derecho ambiental. Casos 2019 trabajados por la Clínica Jurídica FARN-UBA.

RESUMEN EJECUTIVO

Desde el año 2006 la Clínica Jurídica de FARN, en conjunto con la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, ofrece asesoramiento jurídico gratuito a personas y comunidades afectadas por problemas ambientales, que ven vulnerados sus derechos a acceder a la justicia.

El presente artículo describe el trabajo realizado durante 2019 y cómo la actualidad ambiental se vincula con la tarea de la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental, haciendo énfasis en la importancia que representa la formación jurídica en esta rama del derecho.

¿Cómo funciona la Clínica Jurídica?

La Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de FARN y de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA) es un curso anual que fomenta la formación de futuros profesionales de la abogacía, con orientación en derecho ambiental. La dinámica de trabajo se desarrolla en grupos conformados por entre cuatro a cinco estudiantes. Con motivo de brindar las herramientas necesarias para abordar los casos de trabajo, se dictan clases teóricas de manera semanal a cargo de especialistas en diversas materias.

El objetivo principal es desarrollar el sentido crítico en la resolución eficaz de casos de interés público ambiental, a través de la implementación de trabajo en equipos interdisciplinarios. En este sentido, por un lado, se atienden consultas externas que implica que cualquier persona puede acercar su problemática a la Clínica Jurídica completando un formulario que se encuentra en el sitio web de la fundación (https://farn.org.ar/asesoramiento-legal). A partir de ello, se le contacta para luego tener una entrevista personal en la cual se busca diseñar -conjuntamente con el equipo docente- posibles acciones a seguir. Las acciones varían desde la presentación de pedidos de información ante distintos organismos, denuncias, escritos de Amicus Curiae -amigos del tribunal-, y acciones de amparo, entre otras. También se organizan visitas de campo a los lugares afectados, con el objetivo de conocer más acabadamente la situación general, elaborar un plan de acción ajustado y generar conciencia entre el alumnado respecto de las problemáticas que abordan. Por otro lado, desde FARN se fomenta que la Clínica Jurídica sirva de apoyo a las distintas áreas de trabajo de la organización, de manera tal que el alumnado ayude al staff profesional en los casos que son núcleo de la labor de la fundación.

Asesoramiento 2019

Durante 2019 se recibieron 35 consultas nuevas de origen externo, que se suman a otras ya en proceso, totalizando 42. La mayoría de las consultas provienen del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), aunque han llegado casos de la Antártida, Tucumán, Tierra del Fuego, Corrientes, Jujuy, Santiago del Estero, Neuquén y Chaco.

Consultas clasificadas por temas

Figura 1: Consultas recibidas en la Clínica Jurídica durante 2019. Fuente: elaboración propia FARN.

 

Casos destacados de 2019

A continuación, se reseñan algunos de los casos abordados por la Clínica Jurídica durante 2019.

Acciones administrativas y judiciales

a) Pedidos de acceso a la información ambiental

Los pedidos de acceso a la información pública ambiental son solicitudes dirigidas a una autoridad pública a través de las cuales cualquier persona u organización puede requerir información relativa al ambiente. Este pedido se puede interponer ante cualquier autoridad nacional, provincial o municipal y es gratuito, con arreglo a lo dispuesto por la Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental 25.831. Todos los pedidos de información realizados por FARN y sus respuestas son cargados al sitio web de la fundación para ser consultados por quien así lo desee1.

Explosión de fábrica de agroquímicos en Mercedes, Buenos Aires.2

Foto: Vecinos Autoconvocados de La Verde

 

El viernes 27 de septiembre de 2019 se produjo una explosión en la fábrica de agroquímicos de la firma Sigma Agro S.A., ubicada en la localidad de Mercedes, provincia de Buenos Aires, por causas que hasta hoy se desconocen, generando la liberación de sustancias químicas en el aire durante el incendio, el vertido sobre el suelo de millones de litros de agroquímicos fabricados en esta locación y el fallecimiento de un trabajador.

Ante tal situación, la asociación civil S.O.S. Hábitat se acercó a FARN manifestando tanto su preocupación como la de vecinos cercanos a la zona del accidente, debido a la falta de información por parte del municipio sobre las consecuencias actuales y futuras del incendio en la salud de la población y en el ambiente. En razón de esto, desde la Clínica Jurídica se realizaron pedidos de información al Organismo para el Desarrollo Sostenible (OPDS) de la provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Agroindustria provincial y a la Municipalidad de Mercedes, solicitando se aclaren las dudas y preocupaciones que surgieron en la comunidad a raíz del accidente.

Dentro de los interrogantes planteados en la presentación se destacan los relacionados al tipo y cantidad de sustancias químicas liberadas tanto al aire como al suelo; si este suceso podría haber afectado las napas de agua y los cultivos de la zona; si se tenía previsto un plan de remediación ante los pasivos ambientales generados; así como cuestiones relativas a la habilitación de la empresa involucrada, requiriendo además precisiones sobre si existen otras industrias funcionando de la misma manera, con el riesgo de que se diera un nuevo episodio similar.

A la fecha de cierre de este Informe Ambiental FARN 2020, se estaba a la espera de respuesta por parte de los organismos peticionados, a la vez que se sigue brindando asesoría a S.O.S. Hábitat.

b) Amicus Curiae

En defensa de los bosques chaqueños3

Foto: © Martin Katz/ Greenpeace

 

En mayo de 2019, el Defensor del Pueblo de la provincia de Chaco interpuso una acción de amparo contra la Subsecretaría de Recursos Naturales provincial y el Poder Ejecutivo de Chaco, en la cual pedía que se suspendieran todos los permisos otorgados para realizar desmontes en zonas protegidas por la Ley nacional 26.331 de Bosque Nativo. Lo hizo con el fundamento de que la Ley 6409 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, sancionada en Chaco en 2009, no establece criterios de conservación que cumplan con los lineamientos de la Ley 26.331, a raíz de lo cual se otorgaron permisos a distintas empresas para desmontar bosques protegidos bajo la categoría amarilla (uso sostenible).

FARN se presentó en la causa mediante el instituto del Amicus Curiae -Amigos del Tribunal- (FARN, 2019b), con el fin de realizar un aporte respecto del alcance de los derechos involucrados, teniendo en cuenta que la materia debatida es de especial interés para la organización, y que hace a un constante monitoreo de la implementación de la Ley 26.331 a escala nacional y provincial. Todo ello en consonancia con aportes conceptuales y fácticos en torno a la situación ambiental en que se encuentra actualmente la provincia de Chaco, la necesidad de un ordenamiento ambiental del territorio conforme la normativa vigente, los impactos ambientales acumulativos detectados, su relación con la crisis climática y ecológica reinante, y las posibles alternativas de intervención a fin de evitar un mayor daño.

En su presentación, FARN también destacó la falta de participación de las comunidades originarias que habitan en las zonas en las que las autoridades chaqueñas permitieron desmontes, y cuya subsistencia depende de los bosques. Estas debieron haber sido consultadas como instancia previa a la toma de decisión, en razón del derecho de consulta previa, y su consentimiento debería ser libre, previo e informado.

Se destacó que ante el estado actual de emergencia forestal en Argentina (Greenpeace, 2019), es necesario avanzar hacia un cumplimiento efectivo y estricto de la Ley 26.331 y de los consiguientes derechos vulnerados. Asimismo, que se debe ser cada vez más tuitivos con nuestros bosques nativos, sin admitir retroceso alguno en los niveles de protección, para así lograr un desarrollo sostenible y cumplir con los compromisos asumidos a nivel internacional para afrontar el cambio climático, siendo que la deforestación es la principal fuente de emisiones de carbono del norte argentino4.

Termoeléctricas en Luján

El 26 de junio de 2018, la Asociación Civil “Organización de Vecinos Autoconvocados” de Luján presenta ante el Juzgado Federal de Mercedes una acción preventiva de daños de incidencia colectiva contra Araucaria Energy S.A., debido a que esta no contaba con habilitación de la autoridad ambiental de la provincia de Buenos Aires (el OPDS), violando de esta manera la Ordenanza municipal 6224 que prohíbe las industrias de “tercera categoría” en el partido de Luján. Además, la instalación se hizo en un barrio residencial, sin respetar las normas de ordenamiento ambiental del territorio, y sin cumplir con la instancia de la audiencia pública como determina la normativa. La acción preventiva fue rechazada en septiembre de 2018 por “inexistencia de caso”, sentencia luego confirmada por la Cámara Federal de San Martín en mayo de 2019. Ante esta decisión, los demandantes interpusieron un recurso extraordinario, lo que llevó el expediente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En este escenario, FARN se presentó en la causa mediante la figura de Amicus Curiae5 para acercar su opinión al Máximo Tribunal. En este se explaya sobre la naturaleza de la acción preventiva de daño, normativa y jurisprudencia relativa a contaminación atmosférica, hídrica y acústica. Señalando también que Argentina, mediante la ratificación del Acuerdo de París -Ley 27.270- se comprometió a la baja en las emisiones de gases de efecto invernadero, citando el fallo “ACUMAR s/Estado de Aguas, Napas Subterráneas y Calidad de Aire” que determina que “constituye un derecho humano el acceso al aire sin contaminantes agregados como consecuencia de actividades antrópicas que puedan producir daños a la salud humana.”

Amicus ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH6)

Crédito: CELS.

 

El Estado argentino mantiene una disputa en la CIDH con la Asociación de Comunidades Aborígenes “Lhaka Honhat”, que significa “Nuestra Tierra” y cuenta con el servicio de patrocinio jurídico del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Esta disputa se produjo a raíz de actividades tanto privadas como públicas realizadas en el territorio de la comunidad, así como por la constante deforestación y degradación ambiental en el lugar. Todo esto, sin tener en cuenta los estándares mínimos de protección garantizados tanto en el ámbito nacional como internacional, tales como la obtención del consentimiento previo, libre e informado de las comunidades originarias, y los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y social de forma integral y previa a la ejecución de los proyectos.

Es por ello que FARN se presentó como Amicus Curiae (FARN, 2019a) en el proceso judicial iniciado por la Asociación de Comunidades Aborígenes “Lhaka Honhat”, para brindar aportes que permitan arribar a una solución justa e integral y considere aspectos vinculados con cuestiones relacionadas al derecho ambiental, y destacando la normativa y jurisprudencia nacional e internacional referida a la protección del ambiente y al respeto de la propiedad de las comunidades indígenas. Además, se señaló la importancia de la consulta y el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas en el contexto de los proyectos de explotación de los recursos naturales ubicados en el territorio ancestral y la relevancia del rol de la comunidad en la participación del proceso de evaluación socioambiental de los proyectos.

c) Amparos

Contaminación acústica proveniente de bares en Recoleta7

Vista panorámica nocturna de Terrazas de Recoleta. FOTO: BRUNO PEROTTI

 

Desde el año 2000 el Centro Comercial “Buenos Aires Design” (ubicado en el barrio de Recoleta, Ciudad Autónoma de Buenos Aires [CABA]), ha sido objeto de múltiples quejas y denuncias por la emisión de ruidos molestos. Desde aquellos años, parte de los vecinos de la zona han manifestado -a través de distintos medios y ante diferentes organismos- su malestar debido a la constante música proveniente de los locales ubicados en la terraza del complejo, en violación a la Ley 1540 de Contaminación Acústica de la CABA.

A raíz de esto y ante la falta de respuesta a los reclamos, desde FARN se elaboraron pedidos de información a la Dirección General de Concesiones y Permisos y a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos para consultar respecto al estado actual de las habilitaciones con las que cuentan los locales gastronómicos y bailables ubicados en la terraza del centro; en cuanto a la licitación para una nueva concesión, se consultó sobre la fecha estimativa en la cual se iniciará la segunda etapa de la licitación, el tiempo estimado para la adjudicación, los fundamentos para dicha estimación, y la fiscalización que realizará el Gobierno de la Ciudad respecto de las habilitaciones e inscripciones en los Registros de Locales Bailables y de Locales Gastronómicos.

Ante la falta de resolución de la problemática, la Fundación Ciudad, con el patrocinio de la Clínica Jurídica FARN-UBA, presentó el 19 de diciembre de 2019 un recurso de amparo ambiental ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 21 – Secretaría Nº 41, con el objetivo de solicitar, por un lado, la suspensión de las actividades de los bares ubicados en la terraza del complejo y aquellos locales que cuenten con dispositivos electroacústicos capaces de generar contaminación acústica y que no estén inscriptos de acuerdo a la Ley 1540. Todo ello hasta que esté debidamente garantizado que dichas actividades no seguirán causando un menoscabo al ambiente y la salud de las personas que habitan en la zona. Por otro lado, se solicitó la suspensión del proceso licitatorio llamado a través de la Resolución 2388 del Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la CABA, hasta tanto se establezcan los recaudos y criterios que garanticen que el uso futuro de dicho predio no presentará un uso contaminante tal como lo hace la administración actual.

d) Aportes a audiencias públicas

Parque Isla de la Paternal8

Crédito: Clínica Jurídica FARN

 

En marzo de 2019 se celebró una audiencia pública en la Legislatura de la CABA sobre la ley que modifica los usos del suelo y avala la construcción de edificios de hasta 48,5 metros de altura en parcelas que los vecinos disfrutan como parte del Parque Isla de la Paternal. Desde la Clínica Jurídica se elaboró y presentó una declaración en la que se manifestaba el apoyo al pedido de los vecinos. Se expresaron serias objeciones al proyecto (FARN, 2019c), entre ellas: que el emprendimiento supone una reducción de los espacios verdes contraria a lo dispuesto en la Constitución de la ciudad; que desarticula un corredor verde hogar de numerosas especies de aves nativas y migratorias, amenazando los servicios ambientales que éste provee y las funciones que cumple respecto del cambio climático; que es contrario al Plan Urbano Ambiental, que indica específicamente la forestación intensiva entre los espacios de Agronomía y el Parque Isla de la Paternal; y que falta una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que incluya el riesgo de saturación de los servicios básicos.

Ampliación del canal Santa María9

PH: Paula Guez

 

Desde 2018, la Clínica Jurídica hace seguimiento del proyecto de ampliación del canal Santa María, que  vincula al río Luján con el río Paraná de las Palmas. Este proyecto podría afectar las inmediaciones del Parque Nacional (PN) Ciervo de los Pantanos, Monumento Natural de la provincia de Buenos Aires que brinda refugio a una especie categorizada como “vulnerable” en la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), y cuya población en el Delta bonaerense se encuentra en serio riesgo de extinción. A su vez el parque, que forma parte del Sistema de Áreas Protegidas Naturales, ha sido declarado Sitio Ramsar por su condición de humedal de importancia internacional.

El proyecto, impulsado y promovido por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires (MIySP)10, tiene por objetivo disminuir las inundaciones que sufre la cuenca del río Luján y sus riesgos sanitarios; sin embargo, un análisis de impactos socioambientales permite advertir que este objetivo cumple esta función en algunos sectores, pero genera inundaciones en otros.

Ante esta situación se presentaron diversos pedidos de acceso a la información pública ante el MIySP, la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires, Administración de Parques Nacionales (APN), la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) y al OPDS sobre el estado del proyecto y acciones para la protección de dicho ecosistema (FARN, 2018 y 2019d).

Ante la insistencia de la sociedad civil para acceder a la información pública, la APN convocó a los actores involucrados y a la población en general a una consulta pública que se llevó a cabo el 30 de noviembre de 2019 en el PN Ciervo de los Pantanos y a la cual asistieron integrantes de la Clínica Jurídica. En la misma se escucharon diversas voces, entre ellas las denuncias de los pequeños productores locales que fueron afectados por el proyecto en razón de inundaciones que les ocasionaron la pérdida de cosechas y perjuicios en sus viviendas; así como vecinos solicitando una intervención activa del Municipio.

FARN resaltó la necesidad de revisar el proceso y el proyecto de ampliación del canal, ante el desconocimiento del que parecen adolecer las autoridades involucradas sobre el fuerte impacto negativo de la iniciativa sobre el ecosistema, sumado a un análisis que se limita al trazado del canal, pero que ignora por completo su área de influencia directa constituido por el sistema de humedales del Parque Nacional.

e) Visitas de campo11

Una de las metodologías de enseñanza es a través de las vistas a campo. De este modo se fomenta la construcción del conocimiento mediante espacios participativos que integren la teoría del derecho ambiental con la práctica. Estos espacios de enseñanza y aprendizaje tienen como objetivo brindar herramientas útiles al alumno que lo acompañarán en su desarrollo profesional.

A lo largo de 2019 se realizaron diversas visitas a campo, algunas de ellas fueron: a la villa 21-24, a la obra “Sistema de Riachuelo” y al Parque Nacional Ciervo de los Pantanos.

Villa 21-24

PH: Paula Guez

 

Acompañados por el Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, alumnos de la Clínica Jurídica FARN-UBA constataron parte de la ejecución de la sentencia de la causa “Mendoza” sobre el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo. Uno de los puntos de este célebre fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es liberar el camino de sirga de la cuenca (35 metros de espacio público lindantes al Riachuelo) y en consecuencia brindar soluciones habitacionales dignas a los vecinos afectados por la traza del camino de sirga. En esta visita se pudo observar parte de la liberación de dicho camino, así como la construcción de nuevas viviendas.

Sistema de Riachuelo

PH: Paula Guez

 

La Clínica Jurídica acompañada por representantes de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) visitó las obras que está ejecutando la empresa Agua y Saneamientos Argentinos (AySA). Uno de los puntos de la sentencia es el saneamiento de la cuenca y para ello se está realizando la ampliación del sistema troncal de cloacas. Esta obra tiene por objetivo mejorar el servicio y evitar la contaminación del Riachuelo por efluentes cloacales.

f) Documento de posición

Sobre la constitucionalidad de la Ley de Glaciares (FARN, 2019e)

PH: NASA Earth Observatory por Lauren Dauphin, utilizando datos de MODIS de la NASA EOSDIS / LANCE y GIBS / Worldview

 

Estudiantes de la Clínica Jurídica, bajo la supervisión del equipo docente, colaboraron en la redacción de un documento de posición con argumentos jurídicos que dan cuenta de la validez de la Ley 26.639 de Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial ante cuestionamientos acerca de su constitucionalidad.

Este documento se desarrolló desde una mirada estrictamente jurídica y con fundamento en doctrina de la materia, repasando la misma ante los estándares de supremacía de las normas de raigambre constitucional, progresividad y precaución, presupuestos mínimos, recursos hídricos y su regulación, definición de ambiente periglacial e importancia de conservación ante el cambio climático.

Palabras finales

Durante 2019 la Clínica Jurídica ha continuado con su habitual intensa actividad, lo cual se puede relacionar con dos factores. El primero refiere al desafío que conlleva la efectivización de los derechos reconocidos en materia de cuidado del ambiente y la participación pública asociada. Si bien se advierten ciertos avances en su reconocimiento, se mantienen dificultades en su aplicación efectiva. Muchas consultas que llegan a la Clínica Jurídica versan sobre pedidos de audiencias públicas que no se realizan pese a su obligatoriedad, y que la opinión de la ciudadanía sea tenida en cuenta por quienes toman decisiones; la falta de respuesta a pedidos formales de acceso a información pública; así como la necesidad de denunciar ante las autoridades irregularidades y falta de fiscalización.

El segundo factor refiere a un mayor interés por lo ambiental en la comunidad, lo cual redunda en que esta rama del derecho atraiga cada vez más atención. Esto es ciertamente positivo porque supone una mayor presencia de las temáticas ambientales en el debate público, pero también trae aparejada la necesidad de más profesionales de la abogacía con especialización en derecho ambiental. No solo son necesarias mejores políticas para el cuidado del ambiente, sino también ciudadanos y ciudadanas que tengan herramientas suficientes para hacerlas cumplir. Sin dudas, la formación práctica en materia jurídico-ambiental se mantiene sumamente relevante.

1 Se encuentran disponibles en la página https://farn.org.ar/pedidos-de-informacion-2019

2 Colaboraron con este caso Jesica G. Marcovich, Leonel Pardo Feijoo, Sheila Heimenrath y Romina Spiess.

3 Colaboraron con este caso Antonela Becker, Paula Agustina Campos, Guiliano Crocitta y Laura Bortolamedi.

4 En 2014 el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) advirtió que en Argentina ocurre el 4,3% de la deforestación global y que en la última década fue “la principal fuente de emisiones de carbono del norte argentino”.

5 Colaboraron con este caso Jesica G. Marcovich, Leonel Pardo Feijoo, Sheila Heimenrath, Romina Spiess y Florencia Carreras. Recuperado de: https://farn.org.ar/archives/27117

6 Realizado por Melina Nahir Acevedo, Marisol Diaz Rivera y Pablo Martos y equipo docente. Recuperado de: https://farn.org.ar/archives/26487

7 Colaboraron con este caso Gabriela Competiello, Micaela Frese, Dalia Rabinovich, María Belén Álvarez y José María Vernet.

8 Colaboraron con este caso Lucía Iturriza, Sheila Heimenrath, Romina Spiess y Leonel Pardo Feijoos.

9 Colaboraron con este caso Paula L. Rodríguez, Florencia Marcelli, Rocío M. De Carolis y Gonzalo E. Salamone.

10 En 2017, el MIySP presentó el proyecto ante la APN mediante la Resolución 203/2016 y por APN mediante la Resolución 355/2017.

11 Colaboración de Paula Rodríguez.

Bibliografía:

FARN (2018), Pedidos de información 2018. Recuperado de: https://farn.org.ar/pedidos-de-informacion

FARN (2019a), Amicus Curiae de Asociación de Comunidades Aborígenes “Lhaka Honhat”. Recuperado de: https://issuu.com/farnargentina/docs/farn_amicus_curiae_de_lhaka_honhat

FARN (2019b), FARN se presenta como Amicus Curiae en defensa de los bosques chaqueños. Recuperado de: https://farn.org.ar/archives/27282

FARN (2019c), Estudiantes de la Clínica Jurídica FARN-UBA apoyaron el “No a las torres en el Parque Isla de la Paternal”. Recuperado de: https://farn.org.ar/archives/26406

FARN (2019d), Pedidos de información 2019. Recuperado de: https://farn.org.ar/pedidos-de-informacion

FARN (2019e), Sobre la constitucionalidad de la Ley de Glaciares. Recuperado de: https://farn.org.ar/archives/26767

Greenpeace (2019) Deforestación en el Norte de Argentina, Informe anual 2018. Recuperado de: https://greenpeace.org.ar/pdf/Deforestacion-norte-Argentina-Informe-Anual-2018.pdf

Perfil (2019, junio 22) Terrazas de Recoleta irrumpe como el nuevo orgullo porteño. Recuperado de: https://www.perfil.com/noticias/empresas-y-protagonistas/terrazas-de-recoleta-irrumpe-como-el-nuevo-orgullo-porteno.phtml

Télam (2019, octubre 4) Un muerto tras la explosión en una planta de agroquímicos en Mercedes. Recuperado de: https://www.telam.com.ar/notas/201910/397329-muerto-explosion-planta-de-agroquimicos-mercedes.html

Compartir en redes sociales

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin