Política ambiental

Delitos Ambientales al Código Penal

Delitos Ambientales al Código Penal

Organizaciones ambientalistas, entre las que se encuentran FARN, Fundación Vida Silvestre, CAUCE, Jóvenes por el Clima, Alianza por el Clima, Climate Save y EcoHouse lanzan una campaña conjunta en redes sociales para exigir una reforma del Código Penal que contemple la tipificación de los delitos que atenten contra el bien jurídico ambiente.

Actualmente, gran parte de las problemáticas ambientales existentes son causadas por actividades humanas, y ante la carencia de la figura de delito ambiental dentro del Código Penal, quienes provocan estragos en los ecosistemas, la biodiversidad y la salud de las poblaciones, no pueden ser investigados y condenados por los jueces. 

“El Código penal tipifica conductas que ocasionan daños y que la sociedad considera que deben ser penalizadas (…) Actualmente quien produce un daño ambiental (incendio, contaminación, tala ilegal de un bosque, pesca ilegal) al no ser considerado un delito, la máxima sanción que puede recibir es una multa, la mayor parte de las cuales no se paga o en su defecto resultan irrisorias. Esto, lejos de desincentivar las acciones dañosas, las promueve, dado que el castigo es aceptable”, explica Andrés Nápoli, director ejecutivo de FARN.

La grave crisis ambiental que padece la argentina agravada por la situación de los incendios en el sur y el crecimiento del desmonte en la región del Chaco hace necesario que contemos con herramientas legales que puedan ser más efectivas para perseguir a quienes sean responsables de estos crímenes ambientales. Por eso ha llegado la hora de que Argentina, al igual que otros países del mundo, tales como España, Alemania, Estados Unidos, Brasil incorpore en su código penal los delitos ambientales. Ningún crimen ambiental puede quedar impune.

El año pasado más de 1 millón de hectáreas fueron arrasadas por el fuego, y en los primeros meses de 2021 se quemaron más de 40 mil hectáreas. Según datos oficiales, más del 95% de los incendios es causado por actividades humanas relacionadas con el avance de la frontera agropecuaria, inmobiliaria y minera. Estos daños indiscriminados que se están produciendo sobre el ambiente y las poblaciones, actualmente, están quedando completamente impunes. 

La pesca ilegal en el mar, la caza de especies amenazadas, la deforestación del bosque nativo y el relleno de humedales, son ejemplos de otros delitos ambientales que no están siendo considerados y juzgados como tales. 

El Código Penal de la República Argentina se encuentra vigente desde 1921 y no regula de manera directa, concreta y autónoma delitos contra el “bien jurídico ambiente” en términos colectivos. En nuestro derecho penal existen conductas tipificadas que protegen bienes jurídicos tales como la salud pública, seguridad, propiedad, pero no se encuentran tipificadas las conductas que agreden al ambiente de manera autónoma. Esto demuestra que el derecho penal en Argentina no le otorga un lugar relevante a la protección de nuestra casa común. 

En un contexto de crisis climática y de frecuentes avallasamientos sobre el ambiente, resulta urgente la implementación de marcos, herramientas y políticas que protejan a nuestro entorno y las personas que viven en él. 

No hay justicia social posible sin justicia ambiental. #DelitosAmbientalesYA

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