Con motivo de celebrarse la semana internacional del Acceso a la Información Pública desde FARN consideramos importante recordar que el derecho a acceder a la información pública es el derecho que tiene toda persona de solicitar y obtener en tiempo y forma, información que sea considerada de carácter público y que esté en poder del Estado. Este derecho al mismo tiempo es esencial para poder participar en igualdad de condiciones en los procesos de toma de decisiones, para proveer a la defensa de otros derechos, y para poder acceder a la justicia. A la vez, es una herramienta clave para controlar la gestión estatal.
FARN junto a otras organizaciones de la sociedad civil promueve la efectiva implementación de una política de acceso a la información pública que respete los estándares internacionales.
A la vez la desde la Fundación consideramos que es mayor el avance cuando existe un mayor plafón legislativo y con mayor práctica de requerimiento de información.
En razón de eso, como en materia ambiental, a diferencia de otros temas, se cuenta con la Ley de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental Nº 25.831 en FARN diseñamos un sistema de indicadores para poder determinar el grado de cumplimiento de la legislación en materia de ambiental mediante pedidos de acceso a la información. Asimismo busca poder determinar en un futuro si existen avances o retrocesos en la observancia de las normas ambientales por parte de las autoridades. Los resultados del sistema de indicadores fueron publicados en el Informe Ambiental FARN 2012 en un artículo escrito por Pía Marchegiani, Coordinadora de Participación de FARN.
En el plano internacional, a 20 años de la Cumbre de los Pueblos de Río 1992, el Principio 10 adoptado en ese entonces, antecedente de los derechos de acceso, posee una importancia todavía innegable. En América Latina se ha logrado un desarrollo heterogéneo en garantizar los derechos de acceso. Sin perjuicio de ello, en muchos países de la región es aún necesario avanzar hacia una aplicación efectiva de los derechos de acceso, entre ellos el derecho de acceso a la información. A la vez, resulta vital explorar la necesidad de contar con un instrumento jurídicamente vinculante en el ámbito regional en torno a este derecho.
Para conocer la reflexiones en torno a la aplicación del principio 10 en la región recomendamos la lectura del artículo escrito por Guillermo Acuña en el Informe Ambiental FARN 2012.