Política ambiental

La justicia declara que el acceso al aire libre de contaminantes es un derecho humano

La justicia declara que el acceso al aire libre de contaminantes es un derecho humano

Lo hizo en el marco del juicio por el saneamiento del Riachuelo y en respuesta a una solicitud presentada por el Cuerpo Colegiado.

El juez Jorge Ernesto Rodríguez, a cargo de la ejecución de la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia en la causa por el saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo, emitió una resolución el día 14 de mayo, en la cual declaró que el acceso al aire limpio es un derecho fundamental para todas las personas.

La pésima calidad del aire que presentan varias de las zonas que integran la Cuenca Matanza-Riachuelo ha sido y es la causa de una gran cantidad de trastornos de salud que padece la población y fue uno de los principales motivos que llevaron a la Corte Suprema a ordenar que el Estado Nacional, la provincia de Buenos Aires y la Ciudad se responsabilicen de la recomposición ambiental del territorio y la prevención de daños a futuro.

Durante los once años que transcurrieron desde ese fallo histórico, la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) -ente interjurisdiccional de derecho público creado para ejercer el control ambiental en la zona- no ha intervenido ni realizado acciones tendientes a regular a las industrias que mayor cantidad de contaminantes arrojan a la atmósfera y que provocan, en consecuencia, afecciones en la salud de la población.

Por este motivo, el Cuerpo Colegiado, integrado por la Asociación de Vecinos La Boca, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH) y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), ha venido exigiendo que se aprueben las normativas que limiten sustancialmente la emisión de gases contaminantes a la atmósfera y que se establezcan mecanismos de control para los responsables de la contaminación en la Cuenca.

La declaración del aire limpio como derecho humano es un gran avance para la vida en la Cuenca, puesto que remarca la obligación estatal de cuidarlo. En su resolución el juez destaca que el progreso económico sólo se justifica si mejora la calidad de vida o el bienestar social, y que no puede aceptarse un “crecimiento salvaje”. De tal forma, este fallo se inscribe en una línea de reconocimiento de la especial protección que merecen y necesitan los elementos del ambiente. En este sentido, destacamos el fallo “Kersich” (2014), en el que la Corte Suprema reconoció el derecho humano de acceso al agua potable, que junto a la resolución que hoy comentamos, conforma una jurisprudencia que tiende a la protección de las condiciones ambientales necesarias para la vida.

Nos complace publicar esta resolución, que celebramos y adjuntamos,  para su conocimiento y difusión, esperando que su implementación logre la tan demorada mejora del aire en la Cuenca Matanza-Riachuelo. Asimismo, consideramos que la doctrina de este fallo debe ser receptada por otros jueces para la resolución de situaciones en que las actividades humanas atentan contra el derecho de acceso al aire libre de contaminantes.

Qué es el Cuerpo Colegiado

El Cuerpo Colegiado es un conjunto de organizaciones que participaron de la causa Mendoza, por la que habitantes de la Cuenca Matanza-Riachuelo demandaron al Estado Nacional, provincial y de la Ciudad de Buenos Aires, la recomposición del ambiente de ese territorio, así como la prevención de los daños futuros. En una sentencia  histórica, dictada 8 de julio de 2008, la Corte Suprema de Justicia de la Nación condenó a dichos estados por la pésima situación ambiental de la Cuenca, para que mejoren la calidad de vida de sus habitantes, recompongan el ambiente y prevengan daños futuros. Ordenó entonces que un juzgado federal de primera instancia asumiera el control la ejecución de sus órdenes y estableció que un conjunto de organizaciones que fueron parte del juicio, coordinadas por el Defensor del Pueblo de la Nación, canalice la participación ciudadana y monitoree el cumplimiento de la sentencia.

Después de más de una década, la Defensoría del Pueblo de la Nación se encuentra acéfala por responsabilidad del Congreso Nacional y la Corte Suprema decidió apartar el organismo de la causa, quedando a cargo de las organizaciones sociales realizar la tarea encomendada al Cuerpo Colegiado. Es así que, a la fecha, la Asociación de Vecinos La Boca, el CELS, la ACDH y FARN se encuentran monitoreando la labor de ACUMAR y de los estados condenados, y realizan solicitudes al juez de ejecución y a la Corte Suprema para encauzar el logro de los objetivos fijados en el fallo.    

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