La Corte Suprema de la Nación rechazó la demanda interpuesta por la Cámara Minera de la Provincia de Jujuy que había suspendido la norma y que además solicitaba que la Ley 26.639 de Protección de los Glaciares sea declarada inconstitucional.
En ese sentido, revocó una medida cautelar dictada a favor de esa entidad otorgada por el Juez Federal N°2 de esa provincia, que había suspendido la vigencia de la ley ya que entendía que perjudicaba los intereses de las empresas mineras instaladas en la provincia.
Para rechazar el planteo, la Corte Suprema explicó que la Cámara Minera de Jujuy no había demostrado cual era el daño que le causaba la vigencia de la ley de protección de los glaciares, en la medida en que ella misma reconocía que no podía individualizar “la porción de territorio definida como glaciar y ambiente periglacial” en las que no podrán realizarse actividades de exploración y explotación minera. También advirtió que esa imprecisión es causada por la omisión del Poder Ejecutivo Nacional en realizar el inventario de glaciares y del ambiente periglacial, a pesar de que el Congreso dictó la ley que lo ordena hace más de cuatro años. Para más información en relación al inventario de glaciares hacer clic aquí.
En el fallo con fecha del 30 de diciembre de 2014, los jueces del máximo tribunal indicaron que «la ley 26.639 ha sido (…) impugnada en abstracto, y suspendida en su vigencia por un juez federal en esa misma condición, con total prescindencia de considerar la viabilidad de su aplicación actual o en ciernes a algún miembro de la Cámara Minera de Jujuy que pudiese dar lugar a una afectación en los derechos reconocidos por las normas federales que invoca», sostuvieron .
Respecto de la medida cautelar dictada por el Juez Federal N°2 de Jujuy, la Corte Suprema señaló que ya en el precedente Barrick había establecido que es precisamente el dictado de este tipo de medidas lo que impide la realización del inventario señalado, y por ende que la ley de glaciares pueda volverse aplicable.
Fuentes consultadas: CIJ, Jujy al Momento