Argentina se encuentra en una verdadera emergencia forestal, acentuada en los últimos quince años por la expansión descontrolada de la actividad agropecuaria. La sanción de la Ley de Bosques Nativos en 2007 supuso un invalorable coto y regulación a tal avance, con un aporte trascendental de la sociedad civil.
A seis años de su sanción, 22 provincias han ordenado territorialmente sus bosques nativos y lo han refrendado por ley provincial. En ese sentido, resulta necesario respetar en forma estricta las restricciones resultantes de tales procesos de ordenamiento.Además es fundamental realizar de manera participativa tales procesos en todo el país y consagrarlos en normas emanadas de las legislaturas provinciales, modificar aquellos que no cumplen con el articulado y los criterios de sustentabilidad ambiental establecidos por la ley nacional, y dotar de sumas dinerarias suficientes al Fondo creado por el artículo 30 de la Ley de Bosques, hoy desfinanciada. Las recategorizaciones prediales que modificaron, a solicitud del titular de la finca, lo establecido por el ordenamiento territorial a nivel provincial suponen una adicional