El 15 de junio la Asamblea Constituyente de la provincia de Jujuy aprobó un texto constitucional que viola derechos garantizados en la Constitución de la Nación Argentina, tanto por su proceso como por su contenido. La omisión de aspectos clave deja a la ciudadanía jujeña en desigualdad de condiciones respecto a otras personas que habitan el territorio nacional en la medida que, con este nuevo texto constitucional, deberán realizar muchos más esfuerzos para asegurar la vigencia del derecho al ambiente sano que el resto de la población argentina.
El gobierno de la provincia de Jujuy se dispuso a reformar su constitución provincial en un contexto caracterizado por la degradación ecológica y climática, una desigualdad social y económica creciente y una crisis de representación. Este proceso, que requería de una discusión amplia, plural y transparente, se llevó adelante en menos de tres semanas entre la elección de los constituyentes y la aprobación del texto el pasado 15 de junio.
La reforma constitucional impuesta violó los derechos de acceso a la información, la participación ciudadana y la consulta previa libre e informada a pueblos indígenas, y el acceso a la justicia. Además, no aseguró que las personas defensoras ambientales tuvieran un espacio adecuado para el ejercicio de sus derechos ni la debida protección, como lo establece el Acuerdo de Escazú, una normativa con jerarquía superior a las normas provinciales. Las manifestaciones públicas de comunidades y pueblos indígenas, movimientos sociales, sindicales y políticos de esa provincia, continuaron durante días, y fueron reprimidas por la policía provincial con un saldo significativo de detenidos y heridos.
La reforma constitucional de Jujuy debe ser anulada tanto por aspectos vinculados a su contenido como por aspectos vinculados a la forma en que se llevó adelante el proceso.