Política ambiental

Un resguardo para comunidades fumigadas

Un resguardo para comunidades fumigadas

En la localidad de San Ignacio, zona del Valle de Calamuchita de la provincia de Córdoba, se fumigaba los campos cercanos a las zonas urbanas con agroquímicos. En el mes de agosto de 2014 un vecino de la comunidad, el Sr. Roberto Chavero, hijo del reconocido poeta y cantautor argentino Atahualpa Yupanqui, realizó una consulta a la clínica jurídica de FARN, preocupado porque la fumigación se llevaba a cabo a muy pocos metros de su vivienda y comenzaba a impactar en la salud de sus vecinos.

«Es muy peligroso porque no se sabe la perdurabilidad de los pesticidas en el agua y en los suelos. Es importante que se frene con las fumigaciones porque está en juego la salud de los vecinos como así también la naturaleza, el agua y los animales que también se pueden ver afectados», agregó Chavero.

Desde la Clínica, se brindó un primer asesoramiento detallando específicamente los efectos que puede producir en la salud y el ambiente el uso de agroquímicos, la normativa aplicable al caso y las posibles acciones a seguir. Tiempo más tarde, Chavero nos envió un proyecto de ordenanza para ser presentada ante las autoridades de la comuna, sobre la que se trabajó, efectuando un exhaustivo análisis y realizando las recomendaciones pertinentes.

Luego de una serie de reclamos y denuncias ante las autoridades, finalmente se aprobó y entró en vigencia la resolución Nº146/2015 de la Comuna de San Ignacio, un paso importante hacia la protección del ambiente y salud de los vecinos. «Con la ordenanza, se logró que las fumigaciones se realicen a no menos de 500 metros de las viviendas. Antes fumigaban pegado al pueblo, como a 5 metros de distancia de los hogares» aclaró el vecino.

Dicha Ordenanza se prohíbe la aplicación aérea y/o terrestre en todas sus formas, de productos químicos o biológicos de uso agropecuario, en toda la zona urbana, incluidos lotes urbanizados, habitados o no zonas sub-urbanas. Además, se estableció la creación de una “Zona de Resguardo Ambiental”, en la que se prohíbe la utilización a menos de 500 metros de sectores poblados, de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario, excepto los productos debidamente autorizados.

Este importante avance quizás sea el inicio de fortalecimiento de la normativa vigente a nivel provincial y nacional, teniendo en cuenta el carácter de peligrosidad que tiene el uso indebido de este tipo de químicos, tanto para la salud como para el ambiente, y que hoy en día se utilizan en varias zonas rurales de nuestro país. No es solamente necesario y valioso contar con una regulación, sino velar por el respeto de la misma. Para ello, los mecanismos de control y fiscalización que adopten los gobiernos aseguren son fundamentales

Estudiantes de la Facultad de Derecho (UBA) – ​ Grupo 1: ​​ Joel Lopez, Cecilia Ayelén Venegas, Florencia Carla Pérez Rojas & Juan Francisco Padin Testimonio del Consultante

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