Fracking a cualquier costo

Fracking a cualquier costo

La jueza que tiene la causa iniciada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales rechazó la medida cautelar solicitada de suspender el fracking iniciado ilegalmente por El Trébol SA. Para decidir así, la jueza se sirvió de un informe elaborado por la Dirección de Protección Ambiental local (DPA), que es una de las demandadas por permitir esa actividad incumpliendo las leyes de protección ambiental y los procedimientos que se debieron realizar previo a otorgar el permiso.

Aunque todas las normas procesales obligan a no considerar válido ese informe, la justicia cedió ante la presión de las petroleras y las autoridades provinciales cómplices. Se trata de un acta labrada por las autoridades demandadas, sin la presencia de ninguna persona ajena a la actividad, donde consta la supuesta finalización de la etapa de fractura que permite empezar a extraer petróleo y gas en estos pozos. Según ese informe, la empresa terminó de fracturar la roca con agua cargada de químicos altamente tóxicos, sin controles y sin haber tratado los residuos peligrosos que se generan para poder realizar la actividad. De esta forma, la jueza rechazó suspender esta riesgosa actividad porque simplemente la demandada le dijo, sin aportar pruebas, que el peligro ya había pasado.

La ilegalidad de la actuación de la jueza, la empresa y del gobierno cobra mayor gravedad dado que el informe da cuenta de la utilización del fracking en un pozo que ni siquiera estaba incluido en la irregular autorización que motivó el inicio de la causa. Utilizaron esta peligrosa técnica sin permiso (siquiera irregular), sin control y sin medidas de prevención, sin embargo ni el gobierno ni la jueza encontraron en ello un inconveniente, volviéndose cómplices de este ataque a la tierra, a la ley y a los derechos de las personas que es su deber proteger.

FARN inició este juicio porque las autoridades de la Provincia de Mendoza junto a la empresa El Trébol SA idearon una estrategia que les permite hacer pruebas de fracking sin Evaluación de Impacto Ambiental, sin participación ciudadana y sin ningún tipo de protección al ambiente. Y lo aplicaron en una zona que ante cualquier inconveniente terminará en un grave daño irreparable a los Ríos Salado y Atuel, río por el que ya existe un conflicto con la Provincia de La Pampa derivado de las actividades que Mendoza realizó para que el agua no llegue a la provincia vecina.

Ante esta presentación, las petroleras en conjunto, de la mano con el gobierno desplegaron una presión inusitada sobre la justicia para poder seguir con esta actividad sin prevenciones ambientales y a las espaldas de la ciudadanía.

Esta sentencia se convierte en una verdadera violación a la defensa en juicio y exigimos que sea revocada de manera inmediata por resultar injusta y poner en peligro de un daño irreparable el agua de la zona, fundamental para la vida de sus pobladores y de todo el cauce de esos ríos que incluye uno de los humedales con mayor biodiversidad del país (Laguna de Llancanelo).

Incluso si fuera cierto lo que afirma el informe que sustenta el rechazo de la medida, concluida la etapa de estimulación hidráulica, el riesgo que motivó esta acción no ha cesado, sino que se ha incrementado. Dada la forma irregular en que se produjo y cómo se desarrolla la explotación de petróleo en un pozo así abierto, ese riesgo creció junto con la necesidad y urgencia de suspender toda actividad en esos pozos.

La Fundación Ambiente y Recursos Naturales recurrió la decisión judicial y ahora está en manos de los jueces que integran la Cámara de Apelaciones aplicar la ley y prevenir así un daño inconmensurable e irreversible. Son la última defensa de nuestra tierra y apelamos a su conciencia, independencia y conocimiento del derecho para que pongan un inmediato freno a estos actos ilegales y peligrosos para el ambiente y la salud.

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