Política ambiental

G20 y el momento de las APP

G20 y el momento de las APP

En el día de ayer se llevó a cabo el tercer webinar del ciclo “Argentina hacia el G20”. Pía Marchegiani moderó el encuentro introduciendo el contexto en el que el grupo de las 20 economías más importantes del mundo, G20, está promoviendo el desarrollo de infraestructura como una forma de generar crecimiento y empleo a nivel global y que, a través de bancos nacionales y multilaterales, se está proponiendo un nuevo paradigma de pasar de billones a trillones de dólares en materia de inversiones. Involucra, además, la necesidad de que existan fondos públicos para atraer inversiones del sector privado a infraestructura, y donde se privilegian proyectos de gran envergadura con una estandarización de contratos y normas para minimizar los riesgos a este sector.

América Latina necesita de infraestructura para mejorar la calidad de vida las poblaciones, que es una región con deudas grandes en términos de pobreza, desigualdad y en materia de servicios básicos, como acceso al agua potable y cloacas. En este marco el encuentro buscó discutir y poner en agenda desde la sociedad civil ¿qué tipo de proyectos desde el punto de vista social se necesitan? y ¿cómo juega esto con otras agendas como la del Acuerdo de París o de Objetivos de Desarrollo Sostenible?

María José Romero, de Eurodad, realizó una evaluación crítica de las Asociaciones Público Privadas (APP) definiéndolas, en un primer momento, como “acuerdos de mediano o largo plazo entre el Estado y una empresa privada, por el cual la empresa privada participa en la provisión de servicios públicos tradicionales, tales como escuelas, hospitales, carreteras, agua, energía eléctrica, etc.” Aclaró que dichos acuerdos no son nuevos, pero no hay una definición universalmente aceptada del término.

A su vez, identificó 2 tipos de APP:

  • “Financiada por los usuarios”: el socio privado cobra a los usuarios por el uso de los servicios o la infraestructura (generalmente a través de peajes por el uso de las carreteras, tarifas por el consumo del agua, etc.), lo que se complementa en muchos casos con subsidios que la empresa privada recibe del Estado.
  • “Financiada por el gobierno”: los ingresos del socio privado provienen de pagos regulares del Estado como contrapartida por la provisión del servicio o la construcción acordada. Por ejemplo, un “peaje oculto”, es decir, la carretera es gratis para los usuarios, pero el Estado paga un canon por conductor a la empresa privada.

En lo que se refiere a proyectos financiados en países en desarrollo, la especialista destacó un rápido crecimiento en la cantidad de dinero invertido en APP. Señaló que entre 2004 y 2012 las inversiones anuales a través de APP se multiplicaron por 6: de US $ 25 mil millones a US $ 166 mil millones; luego “la tendencia ha sido volátil”. Las últimas cifras indican que en 2016 “se produjo una disminución en las inversiones a través de APP (US $ 72bn), por la disminución de la inversión en mercados clave, como Turquía, India, Brasil, Sudáfrica y Perú. En parte, esta tendencia a largo plazo puede explicarse por la forma en que el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) ha impulsado la necesidad de desarrollo de infraestructura, pero también por menores tasas de interés en los países desarrollados que llevan a los inversionistas a buscar rendimiento en otros lugares”.

De acuerdo al BID, señaló que cerca del 94% de total de inversiones en APP en América Latina y el Caribe está concentrada en Brasil (65%), Mexico (11%), Colombia (7%), Perú (6.4%), Chile (5.3%); además están concentradas en energía (48%) y transporte (46%, principalmente rutas); y cerca de la mitad de todos los acuerdos reciben alguna forma de apoyo estatal (directo o indirecto), lo que genera pasivos contingentes para las finanzas públicas.

Finalmente cuestionó dos argumentos más extendidos en la comunidad internacional a favor de las APP: la capacidad del sector privado para implementar proyectos de calidad y eficiencia, y la idea de que la participación del sector privado reduce la necesidad del Estado de contar con recursos al inicio del proyecto. En su lugar concluyó: “el privado no es necesariamente más eficiente que el Estado y en muchos casos los proyectos APP necesitan de un gran involucramiento del éste para hacerlos viables, a través de garantías, o simplemente a través de apoyo de los bancos públicos que promueven estos proyectos. (…) Las APP suponen una inversión menos arriesgada para el sector privado dado que se le garantizan ingresos durante al menos 20 años, normalmente avalados por el propio Estado”.

Posteriormente, Joerg de Fundación Heinrich Boell (Alemania) hizo un recorrido sobre los distintos momentos y eventos en que el G20 impulsó la agenda de inversiones en infraestrucrua. Además apuntó sobre los retos y riesgos de APP en gran infraestructura tales como: la falta de alternativas (lock-in) de infraestructura intensiva en emissiones, abusos de derechos humanos (sobre todo en lo que se refiere a derechos de tierras), acaparamiento de tierras, extracción de recursos naturales y contaminación, pérdida de biodiversidad, corrupción, endeudamiento y pérdida de soberanía y derecho de regular a través de contratos APP.

Asimismo mencionó aspectos de un “nuevo consenso“ en liberalizar la inversión congelando leyes ambientales y sociales; preparar cartera de megaproyectos con APP en cada continente, estandardizar modelo de APP, atraer inversores a largo plazo (fondos de pensiones) y que los riesgos queden en los consumidores/pagadores de impuestos.

Por último, Vanessa de Ambiente y Sociedad (Colombia), profundizó la situación de APP en la región destacando a Brasil, Colombia y Perú como los países que, según Infraescope 2017 (estudio realizado por The Economist Intelligence Unit), han elaborado normas que incentivan al inversor privado, realizando procesos de selección más claros y expeditos, auspiciando la competencia y fortaleciendo los mecanismos de solución de diferencias. Caso distinto fue el puntaje alcanzado por Argentina, el cual se ubicó en el puesto 18 a nivel regional, entre las 19 economías evaluadas.

Finalmente compartió su análisis sobre la flexibilización normativa en Colombia como Decreto 2041 de 2014 donde el Gobierno Nacional reduce los términos para emitir las licencias ambientales y establece un procedimiento de oralidad que excluye la posibilidad de realizar una evaluación detallada, integral y coherente de los proyectos, excluyendo el derecho a la participación ciudadana. Señaló que actualmente se encuentra demandado ante el Consejo de Estado por ausencia de consulta previa con pueblos étnicos y vulnerar el derecho a la participación ciudadana.

Entre sus conclusiones destacó la asignación eficiente del riesgo entre el socio privado y el público como piedra angular para atraer a la inversión privada, toda vez que de asignársele riesgos los privados no tendrían incentivos en participar, debido a que la ocurrencia de riesgos puede generar pérdidas. Lo anterior puede atraer a empresas que brinden baja calidad y sean hábiles en las renegociaciones o en los litigios. De otro lado, si la entidad pública retiene demasiados riesgos, y más aquellos que están por fuera de su control, se desvirtuaría la utilidad de la figura en materia de costos.

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