Por primera vez, la Justicia federal trabó embargo a una empresa en el marco de la ejecución de la sentencia de la Corte Suprema en la causa “Mendoza”, donde el máximo tribunal ordenara en el año 2008 la puesta en marcha de un plan de saneamiento de la cuenca Matanza Riachuelo.
Recayó sobre la firma Centro Internacional de Contenedores (CICSA), ubicada en el barrio porteño de Barracas, porque no liberó los márgenes del Riachuelo (llamado “camino de sirga”) pese a haber sido intimada en varias oportunidades. El embargo es por $120.000, para cubrir los costos de remoción.
La medida fue dictada por el juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, a cargo de la ejecución de aquel fallo de la Corte.
Según la resolución, el Alto Tribunal dispuso la necesidad de de limpiar ambos márgenes del Río Matanza Riachuelo, fijando la obligación de “transformar toda la ribera en un área parquizada”.
Agrega que “en reiteradas oportunidades” se intimó en debida forma legal a la firma a que libere el camino de sirga correspondiente a su inmueble. “Así, ha quedado debidamente plasmado en autos que habiéndose notificado a la empresa CICSA de su obligación resultante del fallo Mendoza, consistente en liberar el camino de sirga, dicha firma comercial ha incumplido la manda judicial, manifestando su volunta contraria de llevar a cabo lo ordenado”, señala.
“Tal actitud omisa, sumado a los argumentos esgrimidos por la ACUMAR en su petitorio, y las pruebas incorporadas al presente, resultan suficientes para acreditar la verosimilitud del derecho reclamado, más teniendo en cuenta que éste concepto no requiere la prueba terminante y plena del derecho invocado, sino que alcanza con su acreditación prima facie”, afirma.