Este video explica el camino hacia el instrumento legal que sentó uno de los antecedentes más importantes sobre la responsabilidad que tiene el Estado sobre los derechos ambientales de las personas: el Fallo Mendoza, mediante el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación argentina ordenó a ACuMaR (Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo) recomponer el daño ambiental producido en la cuenca.
El fallo, producido en el marco de la causa caratulada: “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)”, es considerado histórico ya que determinó la responsabilidad que tienen Estado Nacional, la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de prevención y recomposición del Daño Ambiental existente en la Cuenca.
Asimismo, estableció un programa de políticas públicas de cumplimiento obligatorio e identificó a los responsables de llevar a cabo las acciones y obras de saneamiento, y el plazo en que deberán ser cumplimentadas, dejando a discreción de la Administración los medios para ello. Además prevé la posibilidad de imponer multas ante el incumplimiento de los plazos establecidos, las que recaerán en la figura del presidente del ACuMaR.
En el documento descargable, más detalles sobre el camino judicial de la causa que se inició en 2004. cuando un grupo de vecinos de la Cuenca Matanza Riachuelo (habitantes de “Villa Inflamable”, ubicada en Dock Sud, partido de Avellaneda, provincia de Buenos Aires) y profesionales (médicos, psicólogos, odontólogos y enfermeros) del Hospital Interzonal de Agudos Pedro Fiorito, encabezados por Beatriz Silvia Mendoza, interpusieron demanda judicial contra el Estado Nacional, la provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 44 empresas, por daños y perjuicios sufridos a raíz de la contaminación del río Matanza-Riachuelo, solicitando la recomposición del ambiente dañado.