El 11 de octubre de este año se publicó en el Boletín Oficial la nueva ley de alcance nacional sobre la gestión de los envases de productos fitosanitarios: la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios N° 27.279. FARN ha dado seguimiento a este proyecto desde su debate en la cámara de senadores, y luego su tratamiento parlamentario en diputados.
En lo que respecta a los aspectos positivos de la ley están: la formalización del Principio de Responsabilidad Extendida del fabricante de fitosanitario, la prohibición de enterrar, incinerar o reutilizar los envases, de disponer de ellos o reciclarlos sin una previa descontaminación y de verter cualquier tipo de resto en cursos de agua. De la misma manera, los envases usados no pueden ser revendidos.
También hay aspectos que generan cierta conflictividad y plantean la necesidad de una revisión del texto aprobado. Entre ellos está el tema del tránsito interjurisdiccional sin restricciones, que afecta normativa pre-existente en las provincias, así como también el sistema punitorio para los casos en los cuales haya un incumplimiento de la ley. Las sanciones pueden ir desde un apercibimiento hasta la clausura del establecimiento involucrado, y los casos de reincidencia están contemplados, sin embargo, es importante establecer un sistema diferenciado en función del rol de fabricante del agroquímico o productor agropecuario.
En cuanto a los interrogantes que se desprenden de la lectura de la nueva normativa, muchos corresponden a las incertezas de aplicación del sistema de gestión de los envases vacíos. Por último, la ley crea el Sistema Único de Trazabilidad, pero carece de toda información que especifique su implementación y sus implicancias, así como los mecanismos de control y fiscalización involucrados, incluso sobre la certeza en la correcta realización del triple lavado. También estipula la supresión de los envases de la categoría de residuos peligrosos que es lo que mayor preocupación ha generado.
En consideración de todos estos factores, se puede pensar que esta nueva regulación se trata de un avance en la normativa de la gestión de los envases de fitosanitarios. Sin embargo, aún quedan muchas dudas acerca de su verdadero poder transformador de la situación actual. De todas maneras, no será posible vislumbrar su verdadero impacto y los detalles de su aplicación al menos hasta el 11 de enero de 2017, fecha que corresponde a los noventa días de la publicación en el Boletín Oficial.