Ante la resolución de la causa «BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS S.A. Y OTRO S/MANIFIESTA, SOLICITA», en la cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la inconstitucionalidad de la Ley de Glaciares contra lo pretendido por Barrick Gold, presentamos este documento de posición con argumentos jurídicos que dan cuenta de la validez de la normativa.
Consideramos que la Ley de Glaciares (N° 26.639) no solo es constitucional, sino que debe aplicarse plenamente. “Una decisión de este tipo reafirma la importancia estratégica de nuestras fuentes de agua dulce, y respalda el sistema de protección ambiental vigente con leyes de presupuestos mínimos. Es una decisión que vuelve a poner sobre la mesa que los intereses particulares no pueden pasar por alto las necesidades de un país de preservar sus bienes ambientales”, sostiene Pía Marchegiani, directora de Política Ambiental de FARN. La nulidad de esta ley pondría en peligro tanto este preciado ecosistema como la aplicación de toda normativa de presupuestos mínimos en materia ambiental.