A raíz del amparo colectivo presentado por FARN, Greenpeace, el Observatorio del Derecho a la Ciudad y organizaciones y cooperativas de recicladores y recuperadores urbanos en junio de 2018, la Justicia declaró nula e inconstitucional la ley que autorizaba la quema de residuos en Buenos Aires.
La jueza Elena Liberatori, del Juzgado de 1° instancia en lo Contencioso y Administrativo N°4 de la Ciudad, dictaminó el pasado miércoles la nulidad y la inconstitucionalidad de la Ley N° 5.966, que autorizaba la incineración de residuos en el Área Metropolitana de Buenos Aires.
En la sentencia, la doctora Liberatori explica que la ley había sido sancionada sin el procedimiento de doble lectura y audiencia pública, que se requiere para cuestiones de planeamiento urbano según la Constitución de la Ciudad. Además, establece que la norma no tiene en cuenta la Ley General del Ambiente ni la Ley Nacional de Residuos Domiciliarios, en tanto que viola los principios de progresividad y de no regresión del derecho a la salud y a un ambiente sano. Es así que exhorta al Gobierno de la Ciudad a considerar las opiniones técnicas y a producir los informes de impacto ambiental antes de autorizar tecnologías que, como la termovalorización de residuos, puedan implicar daños ambientales.
La Ley N° 5.966, aprobada en mayo de 2018, modificaba la de Basura Cero y autorizaba a la Ciudad a incinerar los residuos urbanos. En junio, FARN, Greenpeace, el Observatorio del Derecho a la Ciudad y organizaciones y cooperativas de recicladores y recuperadores urbanos presentaron un amparo en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para frenar esta iniciativa, por cuanto la quema de basura significa una fuente de emisión de compuestos tóxicos para la salud, a la vez que compite de manera directa contra el reciclaje.