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Amicus Curiae por amparo ambiental de Laguna de los Pozuelos

Amicus Curiae por amparo ambiental de Laguna de los Pozuelos

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En la provincia de Jujuy existe un nuevo proyecto minero para la producción de plata, estaño y zinc: Mina Chinchillas (ver AQUÍ). A escasos kilómetros, se encuentra la Laguna de los Pozuelos, sitio altamente protegido por normativas nacionales e internacionales. La laguna constituye uno de nuestros Monumentos Naturales, es considerada sitio Ramsar debido a la importancia de su humedal que alberga más de 100.000 aves playeras al año. Teniendo en cuenta las protecciones que posee el sitio, un emprendimiento de estas características puede afectar severamente la biodiversidad de la laguna y alrededores.
En este contexto, vecinos de la cuenca de Los Pozuelos presentaron un amparo judicial para evitar que las obras continúen sin la efectiva tutela ambiental. Además, en el marco de esta causa, se solicitó el dictado de una medida cautelar que suspenda la aprobación del Proyecto Chinchillas hasta tanto se realice un Estudio de Impacto Ambiental con la mejor técnica posible.
La medida cautelar fue rechazada por la Justicia jujeña, debido a que no existirían razones justificadas por la que deba realizarse otro Estudio de Impacto Ambiental cuando ya existe uno en curso. Esta decisión fue apelada por los vecinos de Laguna de Los Pozuelos, ya que consideran que no se necesita probar con certeza que un daño ambiental va a ocurrir para que se dicte una medida cautelar, ello en virtud de la aplicación de uno de los principios de política ambiental, el principio precautorio. Es importante destacar la importancia de este principio ya que garantiza de manera pronta, oportuna y eficaz la conservación del medio ambiente ante un eventual daño, en particular cuando se trata de emprendimientos mineros que pueden impactar al ambiente, animales y seres humanos.
En virtud de lo expuesto, FARN, Greenpeace, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y Fundación Yuchán se presentaron bajo la figura de Amigo del Tribunal/Amicus Curiae (*) en la mencionada causa judicial, la que tramita por ante el Juzgado Federal N°1 de la Provincia de Jujuy con la carátula “MERCEDES MAIDANA, FLORENCIA CARI SOLIS contra ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Y OTROS sobre AMPARO AMBIENTAL”.
En la presentación, tanto FARN, Greenpeace, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas como Fundación Yuchán resaltan la importancia de proteger este sitio, más aún cuando se encuentra en una zona árida como la Puna. Además, se destaca la importancia de realizar un proceso de participación ciudadana que involucre a las comunidades que puedan ser afectadas, así como también se garantice su derecho a un ambiente sano, apto y equilibrado.
(*) ¿Qué es un Amicus Curiae?
El amicus curiae (“amigo del tribunal”) es una presentación judicial ante el tribunal que tramita una determinada causa, de terceros ajenos a ese litigio que cuenten con un acreditado interés en la resolución final del mismo, a fin de ofrecer opiniones consideradas importantes para la sustanciación del proceso. Esta institución encuentra sus orígenes en el derecho romano y ha sido receptada por los países de tradición anglosajona.
Este medio tiene una doble función: aportar al tribunal bajo cuyo examen se encuentra una disputa judicial de interés público, argumentos u opiniones que puedan servir como elementos de juicio para que tome una decisión ilustrada al respecto y brindar carácter público a los argumentos empleados frente a una cuestión de interés general decidida por el Poder Judicial, identificando claramente la posición de los grupos interesados, y sometiendo a la consideración general las razones que el tribunal tendrá presente al adoptar y fundar su decisión.

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