Las organizaciones Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace Argentina, Fundación Biodiversidad, Fundación Proteger y Aves Argentinas, se presentaron como Amicus Curiae (Amigos del Tribunal) ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Mercedes, Corrientes, a fin de expresar su opinión técnica respecto de la acción de inconstitucionalidad de la Ley Provincial Nº 5.974 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes, interpuesta ante dicho Juzgado por la Fundación Reserva de Iberá.
La ley provincial cuestionada busca dar cumplimiento con el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos dispuesto por la Ley Nacional Nº 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección de Bosques Nativos.
Entre los principales argumentos de las organizaciones cabe resaltar que la ley provincial no fue desarrollada mediante un proceso verdaderamente participativo, tal como exige la normativa nacional de bosques (26.331), la Ley General del Ambiente (25.675), el artículo 41 de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional.
Por otra parte, señalaron serias incongruencias en la zonificación del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos; como en la región del Espinal, que fue establecida casi en su totalidad dentro de la Categoría III (verde), susceptible a ser desmontada o transformada. Además advierten que se incluyó en esta categoría a sus bosques ribereños y protectores de cuenca, lo que resulta contrario a la Ley nacional de Bosques, que claramente los define dentro de la Categoría I (rojo), sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse.
Cabe destacar que, la semana pasada, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación emitió una resolución contra la construcción de la represa Ayuí, al considerar que la misma “resulta incompatible con las disposiciones de la Ley General de Ambiente Nº 25.675, y de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos Nº 26.331, contrariando de ese modo los objetivos de la política ambiental nacional”.
Además, la Secretaría destacó que “resulta evidente que la Ley Provincial de Corrientes Nº 5974 del 2010 no se ajusta a la Ley Nº 26.331, en virtud de haber clasificado en la Categoría III (verde), de manera uniforme y desmontable, el 94% de los Bosques Nativos contenidos en la Región del Espinal”, y advirtió que “el Proyecto de represa se asienta sobre el Bosque Galería del Ayuí Grande, alterando la función que como humedales protectores de cabeceras de cuencas hidrográficas tienen los bosques ribereños”.