El Congreso tratará un proyecto de ley que limita las demandas judiciales colectivas

El Congreso tratará un proyecto de ley que limita las demandas judiciales colectivas

Las demandas colectivas son una herramienta central para la protección de los derechos humanos. El proyecto enviado pone en riesgo el acceso a la justicia de los colectivos más vulnerables.

 

La Cámara de Diputados debatirá la semana próxima un proyecto de ley sobre procesos judiciales que permiten defender los derechos de grupos y comunidades -las acciones colectivas-; una herramienta clave para el acceso a la justicia de grupos desfavorecidos.

En una carta enviada a los miembros de la Cámara Baja, las organizaciones celebraron que se discuta una regulación de las acciones colectivas, pero alertaron sobre graves retrocesos en su proyecto de regulación, que no sólo no resuelve los actuales problemas en el acceso a la justicia que afectan en particular a los grupos más desfavorecidos, sino que los profundiza, ya que limita seriamente su uso y operatividad. Manifestaron que el proyecto en tratamiento consagra normas que constituyen un retroceso en relación con la situación actual, y que vulneran las pautas que al respecto prevé la Constitución Nacional. Los principales afectados serán grupos en situación de vulnerabilidad.

¿Qué son las acciones colectivas?

Las acciones colectivas permiten defender los derechos de un colectivo de personas afectado por una misma situación, generada por el Estado o por particulares (empresas, por ejemplo).

Esta herramienta legal ha marcado un hito en la defensa de los derechos y ha permitido que numerosos colectivos y comunidades vulnerables pudieran defender de ese modo sus derechos humanos. Por ejemplo, este tipo de acciones han servido para garantizar el derecho de todas las personas con VIH a acceder a tratamiento y medicamentos, o para que el Estado lleve adelante el saneamiento de la contaminación del Riachuelo y mejore las condiciones de vida de los afectados.

A su vez, son innumerables los casos en que han servido para garantizar los derechos de usuarios y consumidores, entre ellos, la garantía del derecho a no sufrir discriminación de quienes son usuarios de la línea de ferrocarril Sarmiento, o la nulidad de aumento de tarifas de gas establecido sin audiencia pública.

Por todo lo anterior, creemos que es necesario regular los procesos colectivos, pero la norma que surja no puede resultar más restrictiva que la situación actual, sino que debe ampliar acceso a la justicia. Por ello, solicitamos a los diputados nacionales que atiendan a las observaciones que remitimos oportunamente, previo al tratamiento del proyecto en cuestión.

Los puntos más preocupantes del proyecto en debate son:

  • Establece limitaciones para que las personas afectadas y otros legitimados por la norma constitucional puedan presentarse en defensa de derechos colectivos, limitando además la labor de abogados/as que defienden estos derechos.
  • Es un claro retroceso ya que establece que si la sentencia es desfavorable, los/as integrantes del grupo no pueden volver a presentar una acción judicial. La Ley de Defensa del Consumidor establece, por el contrario, que la sentencia sólo hace cosa juzgada si es favorable al colectivo (también se establecía ese principio protectorio en el anteproyecto de Código Civil y Comercial oportunamente elaborado por Lorenzetti, Kemelmajer y Highton).
  • Genera riesgos de obstaculización para la defensa de derechos colectivos al permitir que los grupos afectados y la sociedad civil puedan ser demandadas por su labor en la defensa de estos derechos.
  • Alarga los plazos de los procesos colectivos, dilatando seriamente el trámite de acciones judiciales que actualmente tramitan por procesos más abreviados.

 

Firman:

Abogadxs Culturales; Abogados y abogadas del Noroeste argentino en derechos humanos y estudios sociales (ANDHES); Amnistía Internacional Argentina; Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ); Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); Consumidores Libres; Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra (Gajat – CEPPAS); Unión de Usuarios y Consumidores; Asociación de Defensa del Asegurado Consumidores y Usuarios (ADACU); Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires; Fundación Biodiversidad Argentina; Fundación Patagonia Natural; Fundación CAUCE, Cultura Ambiental – Causa Ecologista; Casa Rio; Fundación Banco de Bosques; Aves Argentinas; Fundación Vida Silvestre Argentina; Fundación Hábitat y Desarrollo, y Fundación Huésped.

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